Allanamientos sin orden judicial se limitarán a operativos planificados
Las reformas aprobadas contemplan allanamientos sin orden judicial previa en operaciones coordinadas contra estructuras criminales, con acompañamiento fiscal.
MS
Mirna Salinas
29 de octubre, 2026
3 min de lectura
Las reformas aprobadas contemplan allanamientos sin orden judicial previa en operaciones coordinadas contra estructuras criminales, con acompañamiento fiscal.
Foto: cortesía
Las reformas penales aprobadas por el Congreso Nacional contemplan la posibilidad de realizar allanamientos sin orden judicial previa en circunstancias específicas vinculadas con operaciones contra maras, pandillas y estructuras criminales consideradas terroristas.
La medida busca facilitar la intervención coordinada de las instituciones de seguridad y justicia, con acompañamiento del Ministerio Público mediante fiscales.
La disposición forma parte de las reformas al Código Penal y al Código Procesal Penal impulsadas para fortalecer las herramientas legales de las autoridades frente a organizaciones delictivas. De acuerdo con las explicaciones ofrecidas por el presidente del Congreso Nacional, Tomás Zambrano "no se trata de una autorización general para ingresar a cualquier vivienda, sino de una facultad vinculada con operaciones previamente coordinadas y objetivos identificados".
Los allanamientos sin orden previa se vinculan con operativos interinstitucionales y objetivos identificado · Foto: cortesíaOperaciones coordinadas y objetivos definidos
El mecanismo se plantea para misiones interinstitucionales de saturación en barrios, colonias y sectores donde se desarrollen investigaciones contra estructuras criminales. En estos operativos participarán las instituciones competentes y el Ministerio Público, por medio de fiscales que acompañarán las intervenciones.
Zambrano explicó que la medida no debe interpretarse como una facultad irrestricta para los agentes policiales. “No es un cheque en blanco para la Policía”, sostuvo al explicar el alcance de la reforma.
El titular del Legislativo también puntualizó que las actuaciones estarán dirigidas contra objetivos identificados en zonas donde operan maras, pandillas y grupos criminales, y no contra ciudadanos por el simple hecho de residir en esos sectores.
La reforma no debe interpretarse como una autorización automática para allanar una casa por una denuncia o una sospecha aislada. Según la explicación legislativa, la facultad se vincula con operaciones planificadas, coordinadas entre instituciones y dirigidas contra objetivos relacionados con estructuras criminales.
Por ello, la denuncia de un ciudadano puede aportar información a una investigación, pero no debe presentarse como condición suficiente para habilitar por sí sola un allanamiento sin orden judicial. La aplicación concreta de la medida dependerá de los supuestos y procedimientos establecidos en el texto legal aprobado.
Fortalecer la respuesta contra el crimen
Con estas reformas, el Legislativo busca facilitar la actuación conjunta de policías y fiscales en escenarios donde la respuesta contra organizaciones criminales requiere coordinación operativa. El paquete incluye otras disposiciones penales, como la ampliación de 24 a 48 horas del plazo para presentar requerimientos fiscales en los casos previstos relacionados con terrorismo, maras y pandillas.
El objetivo anunciado por el Congreso es proporcionar mayores herramientas a los operadores de justicia para enfrentar estructuras que afectan la seguridad de las comunidades. La implementación deberá ajustarse al texto definitivo de la reforma y a las garantías legales aplicables.