El informe señala a los exdirectores, así como a los empleados beneficiados, por la presunta comisión del delito de anticipación, prolongación y abandono de funciones públicas.
Según el CNA, la investigación revela un modelo de gestión
marcado por el incumplimiento de controles internos, el uso irregular de
recursos públicos y un progresivo debilitamiento de la gobernanza
institucional.
El informe detalla que entre 2022 y 2025 el Fosovi registró
ingresos superiores a los 52 millones de lempiras y egresos por más de 51
millones. Sin embargo, alrededor de 16.9 millones de lempiras carecen de seguimiento
contable que permita conocer con certeza el destino de esos recursos.
Asimismo, el organismo anticorrupción sostiene que la
institución dejó de actualizar sus registros contables y no elaboró estados
financieros desde el primer trimestre de 2020, situación que habría afectado la
transparencia y la rendición de cuentas.
Entre los principales hallazgos también se mencionan presuntos
nombramientos irregulares de autoridades y funcionarios.
El CNA asegura que la investigación documenta una supuesta
usurpación de funciones mediante el autonombramiento del director ejecutivo,
así como la delegación irregular de la Secretaría General, acciones que, según
el informe, se realizaron al margen de las disposiciones legales.
Además, se identificó la contratación y permanencia de personal
que presuntamente no reunía los requisitos establecidos para desempeñar cargos
estratégicos dentro de la institución.
1. Incumplimiento en la elaboración de estados financieros y registros contables
Falta de estados financieros: FOSOVI no cuenta con estados financieros desde el primer trimestre de 2020. El contador general justificó esto debido a que el sistema contable estaba inoperante y a que la exadministradora general, Nadina Haydee Quiñónez, no entregó la documentación correspondiente tras ser despedida.
Egresos sin trazabilidad: Entre los años 2022 y 2025, se identificaron egresos por un monto de L 16,994,475.44 que carecen por completo de registros contables y trazabilidad.
Falta de manuales: La institución operaba sin un manual de procedimientos contables, utilizando únicamente un catálogo de cuentas.
Responsabilidad penal: Se señalan indicios de responsabilidad penal por el presunto delito de abuso de autoridad por omisión contra los exdirectores ejecutivos Juan Ramón Cruz y Gilberto Ríos Munguía, y las exadministradoras Nadina Quiñónez y Ana Carolina Rodríguez.
2. Irregularidades con las aportaciones al INJUPEMP
Retenciones no enteradas: FOSOVI no remitía planillas al INJUPEMP desde el año 2014. Sin embargo, entre 2020 y 2026 realizó retenciones salariales a sus empleados por un total de L 2,120,970.60 bajo este concepto, dinero que no fue pagado al instituto de pensiones.
Mora patronal: La institución mantiene una mora patronal de mayo y junio de 2014 que, acumulada con intereses, asciende a L 463,173.05.
Responsabilidad penal: Se vincula a exdirectores, exadministradoras y exjefes de recursos humanos con la presunta comisión del delito de fraude a la seguridad social o al sistema de pensiones.
3. Deuda acumulada con el Seguro Social (IHSS)
Facturas impagas: Se identificaron 352 facturas de cotizaciones sin pagar al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) entre los años 1999 y 2026.
Monto de la deuda: La deuda asciende a L 1,086,807.22 en cotizaciones, más L 1,160,279.77 en multas, para un total adeudado de L 2,247,086.99. De este total, L 1,553,286.00 corresponden a la gestión de Juan Ramón Cruz y L 516,791.17 a la de Gilberto Ríos Munguía.
4. Omisión en la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR)
Desde marzo de 2020, FOSOVI omitió calcular y retener el ISR a los empleados que estaban sujetos a este impuesto, beneficiando directamente a los cargos directivos y jefaturas con salarios más altos. El exjefe de recursos humanos, Denis Mauricio Oliva, admitió por escrito tener conocimiento de esta falta de deducción sin haber tomado medidas para corregirla.
5. Pagos indebidos de gastos de representación
Lícida Xiomara Zelaya Lobo (exsubdirectora): Recibió indebidamente L 2,020,000.00 en gastos de representación entre 2015 y 2023. Durante el periodo 2015-2019, la ley no autorizaba estos pagos para subdirectores de entes desconcentrados, y entre 2020 y 2023 cobró montos mensuales de L 20,000.00, cuando el límite legal era de L 10,000.00. La diferencia cobrada en exceso fue de L 1,440,000.00.
Juan Ramón Cruz Carbajal (exdirector): Cobró L 20,000.00 mensuales en lugar de los L 15,000.00 autorizados por las disposiciones presupuestarias entre 2017 y 2020, beneficiándose ilegalmente con L 140,000.00 en exceso.
Ambos exfuncionarios son señalados por la presunta comisión del delito de malversación por apropiación.
6. Anticipos de salarios sin reintegro
Se identificaron 11 cheques otorgados a la exadministradora Nadina Haidee Quiñónez Zelaya durante 2022 y 2023 en concepto de anticipos de sueldo por un total de L 155,679.97, de los cuales no existe evidencia de reintegro.
7. Venta duplicada de un lote de terreno
FOSOVI vendió en dos ocasiones el mismo inmueble (Lote No. 3, Bloque 25-C, Supermanzana No. 2, Colonia Kennedy en Tegucigalpa).
La primera venta se realizó en enero de 2018 por L 337,848.00.
La segunda venta se efectuó en diciembre de 2020 por L 303,680.00.
Ambas transacciones fueron firmadas y autorizadas por el entonces director ejecutivo Juan Ramón Cruz Carbajal, evidenciando una grave falta de control interno y registral.
8. Autonombramiento ilegal del director ejecutivo en 2026
El 27 de enero de 2026, el abogado Giancarlo Jocsán Alonzo Godoy (quien fungía como secretario general) firmó la Resolución SG-060-2026 mediante la cual se autodesignó como director ejecutivo por ley.
Este acto usurpó la facultad exclusiva del presidente de la República para realizar dicho nombramiento. Bajo esta investidura ilegítima, Godoy firmó contratos laborales indefinidos y emitió acuerdos de delegación.
9. Delegación irregular de la Secretaría General
Tras su autonombramiento, Giancarlo Godoy delegó de forma provisional las funciones de secretario general a la abogada Cinthia Mireya Díaz Barahona.
Esta delegación fue declarada inválida por el CNA al provenir de una autoridad incompetente. Díaz Barahona es señalada por el presunto delito de usurpación de funciones públicas al actuar y certificar resoluciones bajo ese cargo sin un nombramiento legal.
10. Contratación irregular de personal sin requisitos
El CNA constató que se contrataron y promovieron personas en puestos clave que no cumplían con los requisitos académicos y de experiencia del manual de puestos de FOSOVI:
Denis Mauricio Oliva Núñez: Contratado inicialmente como asistente, pero ejerció como jefe de recursos humanos sin contar con los tres años de experiencia requeridos en puestos similares.
Belia Marcela Andrade Mejía: Ejerció como jefa de ingeniería firmando dictámenes y planos, a pesar de ser únicamente pasante universitaria y no contar con el título obligatorio de Ingeniería Civil.
Claudia Soribel Ramos Martínez: Contratada en un puesto inexistente en la estructura orgánica ("asistente de dirección ejecutiva"), beneficiada con un aumento selectivo de salario de L 10,000.00 y delegada provisionalmente como jefa de recursos humanos sin tener la experiencia ni la formación requerida.
Ana Carolina Rodríguez Bermúdez: Asumió funciones de administradora general siendo únicamente estudiante pasante de Contaduría Pública, cuando el puesto exigía licenciatura completa.
Marcio Alejandro Zelaya Carranza (Uso de certificados falsos): contratado en un puesto no oficial. El CNA descubrió que los certificados de Google IT Automation with Python y AWS Certified Cloud Practitioner que presentó en su expediente pertenecían en realidad a otras personas (Siddharth Verma y Roshan Ram, respectivamente), según las plataformas de verificación de Coursera y Amazon.
Exdirector rechaza las acusaciones
Tras conocerse la denuncia, el exdirector Gilberto Ríos Munguía
rechazó los señalamientos formulados por el CNA y afirmó que la acción
presentada en su contra carece de fundamentos.
El organismo anticorrupción indicó que corresponde ahora al
Ministerio Público analizar la documentación presentada y determinar si existen
elementos suficientes para deducir responsabilidades administrativas, civiles o
penales por posibles delitos relacionados con abuso de autoridad, usurpación de
funciones y otras conductas contempladas en la legislación hondureña.