Entra en vigencia amnistía por servicio de agua potable y saneamiento
Acérquese a las oficinas municipales y consulte los alcances, requisitos y período de aplicación de esta disposición y así realizar su compromiso de pago.

Acérquese a las oficinas municipales y consulte los alcances, requisitos y período de aplicación de esta disposición y así realizar su compromiso de pago.
Foto: Cortesía
Con el propósito de facilitar la actualización de trámites y el cumplimiento de compromisos pendientes, para los contribuyentes de la Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento (UMAPS) se impulsó la Amnistía Municipal 2026, siendo publicada en el Diario Oficial La Gaceta, y que entra oficialmente en vigencia para brindar a los contribuyentes la oportunidad de regularizar sus obligaciones municipales.
Las autoridades hacen el llamado a acercarse a las oficinas municipales y consulta los alcances, requisitos y período de aplicación de esta disposición y así realizar su compromiso de pago.
Esta es la oportunidad para que los contribuyentes puedan ponerse al día con el pago de este servicio público que brinda el beneficio de tener agua potable en sus casas.
La amnistía se encuentra en el Diario Oficial La Gaceta y detalló:
Se concede el beneficio de amnistía a los ciudadanos por el servicio de agua potable y saneamiento, del pago de multas, recargos e intereses moratorios por reconexión, que presenten saldos en mora pendientes de pago hasta la fecha, con cualquier proveedor del servicio, sea estatal, municipal, comunitario a través de juntas de agua, patronatos o servicios concesionados a empresas públicas o privadas, los cuales podrán ser cancelados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto por un período de cuatro (4) meses.
Requisitos
Las personas naturales y jurídicas que deseen acogerse a esta Amnistía deben:
- Realizar el pago de los valores correspondientes de servicio de agua sin la aplicación de recargos, multas e intereses;
- Suscribir convenios de pago al amparo de la Amnistía consignada en el presente Artículo con la vigencia y plazos que se determinen en el mismo. Las instituciones estatales que suscriban convenios de pago pueden realizar compensaciones de deuda, misma que podrán ser parte integrante del convenio a suscribir.
- Los entes responsables de los temas de Amnistías deben informar en un plazo de sesenta (60) días contados cuando terminen las mismas, cual fue el impacto que tuvieron sobre estas Amnistías para que el Congreso Nacional pueda ir midiendo si es satisfactorio o no estas medidas.






