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Prohíben los túmulos improvisados en las carreteras principales de Honduras

El Congreso Nacional de Honduras aprueba prohibición de instalar túmulos artesanales sin autorización en la red vial primaria del país.

Jessica Urbina
Jessica Urbina
22 de octubre, 2026
3 min de lectura
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Foto: Shalom Herrera/DNH

El Congreso Nacional aprobó la prohibición de instalar túmulos artesanales o reductores de velocidad sin autorización técnica en la red vial primaria de Honduras.

La medida exige el aval de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), establece el retiro progresivo de los dispositivos que incumplan las normas y contempla sanciones para quienes coloquen obstáculos sin permiso.

La disposición busca mejorar la circulación vehicular, reducir los daños a los automóviles y prevenir accidentes provocados por estructuras improvisadas en las carreteras del país.

Con la nueva normativa, ninguna municipalidad, patronato, organización comunitaria o persona particular podrá construir o instalar reductores de velocidad en la red vial primaria sin la autorización expresa de la SIT.

Los dispositivos deberán cumplir con los estándares técnicos vigentes y contar con pintura, rótulos y señalización adecuada para advertir a los conductores de su presencia. También será obligatorio garantizar su mantenimiento.

La SIT, en coordinación con la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT), tendrá un plazo máximo de 12 meses para elaborar un inventario técnico de los túmulos existentes en los principales ejes carreteros.

A partir de esa evaluación, las estructuras que no cumplan con los requisitos deberán eliminarse o sustituirse progresivamente por alternativas certificadas y diseñadas bajo criterios técnicos.

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¿Qué alternativas podrán instalarse?

La normativa contempla distintas soluciones para regular la velocidad y mejorar la seguridad vial, especialmente en zonas donde existe mayor circulación de peatones.

Entre las opciones figuran los reductores de velocidad normalizados, los pasos peatonales elevados, las boyas viales, la señalización vial y los sistemas electrónicos de control de velocidad. En los lugares donde corresponda, también podrán considerarse puentes peatonales.

Estas medidas buscan atender las necesidades de seguridad en sectores como los alrededores de escuelas y centros de salud, sin recurrir a obstáculos construidos de manera improvisada.

Congreso prohíbe instalar reductores de velocidad en carreteras sin autorización
Congreso prohíbe instalar reductores de velocidad en carreteras sin autorización. Foto: Cortesía

Habrá sanciones por incumplimiento

Quienes instalen reductores de velocidad sin los permisos correspondientes podrán enfrentar responsabilidades administrativas y las sanciones establecidas en la legislación vigente.

Para facilitar la coordinación, la SIT podrá establecer convenios con municipalidades, patronatos, organizaciones comunitarias y ciudadanos interesados en promover intervenciones de seguridad vial.

Reglamento deberá emitirse en 180 días

El Poder Ejecutivo tendrá un plazo máximo de 180 días para emitir el reglamento que permita aplicar las nuevas disposiciones.

Este instrumento deberá incluir un procedimiento simplificado para solicitar la instalación de túmulos, reductores de velocidad y cruces peatonales elevados. Además, las solicitudes deberán resolverse en un plazo máximo de 60 días calendario.

Con estas disposiciones, las autoridades buscan establecer criterios uniformes para la instalación de reductores de velocidad en las carreteras principales y garantizar que cualquier intervención responda a parámetros técnicos y de seguridad vial.

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